Poder Judicial
dictamina prisión preventiva a 10 comuneros del distrito de Chavín
Luego
de un largo proceso para resolver la situación jurídica Poder Judicial envío a
la cárcel a 10 comuneros de Chavín
detenidos por la policía tras realizar una manifestación en la empresa
minera Cerro Lindo en el distrito de Chavín.
El
proceso que afrontaron los 23 detenidos
es por el delito de tentativa de homicidio y entorpecimiento al funcionamiento
de los servicios públicos. Pedido sustentado por la fiscal provincial
Emperatriz Pérez Castillo, y que fue puesto en debate por la defensa de los
detenidos argumentando que la prueba que presentaba la fiscal -acta de
visualización de un video- no era suficiente para pedir la prisión preventiva
de los comuneros de Chavín.
Tras
replicas tanto de los abogados de la defensa (siete letrados) como de la fiscal
el juez del I Juzgado de Investigación Preparatoria de Chincha Dr. Luis Gutiérrez Fajardo declaro
fundado el requerimiento de prisión preventiva por nueve meses a: Juan Antonio
Chuquispuma Manrique, Juan Carlos Saldaña Paucar, Henry Aruncanqui Illanes,
Edison Grondoña, Chuquispuma Quispe, Marco Armando Vidal Guerra, Fermin Nestor
Castillon Solano, Ronald Ismael Ramirez
Barilla, Edber Navarro Chuquispuma Peve, Dionisio Nestor Laura Vilcamiza y
Alberto Antonio Cutipa Sanchez.
En
dialogo con la prensa el abogado Oscar Vilcamiza quien tomo el caso de los
acusados que no tenían defensa dijo que se la situación legal de los detenidos,
que ya se encuentran internados en el penal de Ica, será vista en un nuevo proceso
donde se tiene la esperanza de conseguir la libertad de los 10 acusados.
En
cuanto a los otros trece inculpados con comparecencia restringida y deberán
pagar la suma de S/. 500.00 nuevos soles.
Se abre un nuevo debate en lo referido al DOLO. Bloquear carreteras, enfrentarse a la policía, podría ser calificado como Tentativa de Homicidio, una acción dolosa sustentado en que el agente no quiere producir un resultado, pero es consiente que es de probable producción.(DOLO EVENTUAL)
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